TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FEDERAL
– 2 BvR 1038/20 –
En el proceso
sobre
la denuncia constitucional
| del Sr. P …, |
|
versus |
la decisión del Tribunal Regional de Ulm de 3 de diciembre de 2019-3 Qs 58/19 – |
ha pasado la 2da Sala del Segundo Senado de la Corte Constitucional Federal
el juez Huber
y los jueces Kessal-Wulf,
Wallrabenstein
según § 93b en relación con § 93a BVerfGG en la versión del anuncio del 11 de agosto de 1993 (Gaceta de Leyes Federales I p. 1473)
decidió por unanimidad el 26 de febrero de 2021:
- La denuncia constitucional no es admitida para decisión.
Razones :
1. El Tribunal de Distrito de Göppingen condenó al autor a una pena de prisión de un año y dos meses por ayudar e incitar a la quiebra intencional. Se suspendió la ejecución de la pena de prisión. En la misma decisión, el Tribunal de Distrito de Göppingen también condenó al coacusado. Los dos acusados interpusieron un recurso de apelación, que el Tribunal Regional de Ulm / Donau rechazó el 4 de diciembre de 1995 sobre la base de sus propias conclusiones.
2. En un escrito fechado el 23 de abril de 2019, el denunciante solicitó la asignación de un abogado defensor de conformidad con la Sección 364b del Código de Procedimiento Penal para preparar una solicitud de nuevo juicio. Él, el demandante, estaba detenido en el momento del crimen. De esto se deduce que no pudo haber cometido el acto.
3. El Tribunal de Distrito de Ulm rechazó la solicitud mediante decisión del 12 de junio de 2019. El autor se basó en las conclusiones de la sentencia de apelación que no afectaron a sus propios procedimientos. En el ámbito de las conclusiones, la sentencia del Tribunal de Distrito de Göppingen se ha convertido en definitiva.
4. El autor de la queja justificó su denuncia contra la decisión del tribunal de distrito en el sentido de que la sentencia del tribunal de distrito de Göppingen solo se había convertido en definitiva en el tenor. Incidentalmente, sin embargo, se había vuelto "obsoleto" debido a las conclusiones de la corte de apelaciones.
El Tribunal Regional de Ulm rechazó la denuncia con la decisión impugnada de 3 de diciembre de 2019, que fue notificada al denunciante el 6 de mayo de 2020. La decisión del tribunal local se tomó correctamente y con la justificación correcta. Además, cabe señalar que el presunto encarcelamiento no es un hecho nuevo en el sentido del artículo 359 No. 5 StPO. En la sentencia del Tribunal de Distrito de Göppingen de 10 de mayo de 1995, se declararon expresamente "las condenas anteriores del demandante y, por tanto, también su encarcelamiento".
Con su denuncia constitucional recibida el 9 de mayo de 2020, el denunciante denunció que la decisión impugnada del Tribunal Regional de Ulm fue arbitraria. La sentencia de apelación también lo afectó a él, el denunciante. Además, en la sentencia del Tribunal de Distrito de Göppingen de 10 de mayo de 1995, no se determinaron períodos de prisión.
La queja constitucional no debe aceptarse para una decisión, ya que no se cumplen los requisitos de aceptación de la Sección 93a (2) BVerfGG. La denuncia constitucional es inadmisible.
1. En la medida en que el querellante se queja de que el Tribunal Regional de Ulm, al referirse a la decisión anterior del tribunal de distrito, supuso erróneamente que la sentencia de apelación no se refería al autor, el recurso constitucional no respeta el principio de subsidiariedad. De acuerdo con el principio de subsidiariedad, la supuesta violación de los derechos fundamentales debería, de ser posible, ser eliminada en los procesos judiciales especializados (ver BVerfGE 63, 77 <78>). De acuerdo con ello, el denunciante debe, además de la exigencia del agotamiento de los recursos legales en sentido estricto, tomar todas las opciones procesales disponibles según la situación del asunto a fin de obtener una subsanación de la alegada violación de los derechos fundamentales o prevenir una violación de los derechos fundamentales (cf.BVerfGE 68, 384 <389>; 81, 22 <27>). Por lo tanto, el demandante debe hacer uso de las opciones de protección legal disponibles para el tribunal especializado de una manera que garantice que el tribunal especializado tratará sus presentaciones de manera objetiva (ver BVerfGE 91, 93 <107>).
La denuncia constitucional no cumple estos requisitos porque el denunciante no apeló inicialmente contra la decisión impugnada con la denuncia en virtud del artículo 33a del Código de Procedimiento Penal. Sin embargo, había motivos para hacerlo porque el autor se había opuesto específicamente en su queja a la decisión del tribunal de distrito de que la sentencia de apelación también se había dictado contra él. A la vista de la decisión de apelación que presentó el querellante con la denuncia constitucional, esta denuncia no parece carecer de fundamento desde el principio. No obstante, el Tribunal Regional de Ulm no respondió a la denuncia, sino que simplemente se refirió a la "justificación correcta" del Tribunal de Distrito. Sin embargo, debido al contenido de la decisión de apelación, había motivos para un examen más detallado de la denuncia. Debido a que el tribunal regional, al referirse a los períodos de encarcelamiento determinados, dio una justificación posiblemente independiente de su decisión, es cuestionable si la violación de la audiencia también fue relevante para la decisión, como lo requiere el artículo 33a del Código de Procedimiento Penal. Sin embargo, esto no parece descartarse, porque el tribunal regional no describió más la relación entre los argumentos.
2. En la medida en que el autor denuncia que el Tribunal Regional de Ulm supuso erróneamente que el Tribunal de Distrito de Göppingen determinó períodos de encarcelamiento en su sentencia de 10 de mayo de 1995, tiene la posibilidad de una violación de los derechos fundamentales o derechos equivalentes a los derechos fundamentales según § § 92, 23 párrafo 1 oración 2 BVerfGG, sin embargo, no está suficientemente fundamentado y presentado de manera concluyente. Es cierto que la sentencia dictada por el Tribunal de Distrito de Göppingen solo contiene expresamente declaraciones sobre los antecedentes penales inscritos en el Registro Central Federal y, en parte, sobre el curso de la ejecución y la ejecución de la ejecución, pero no sobre los períodos de prisión. Sin embargo, debido a las insuficientes presentaciones de la denuncia constitucional, no se puede examinar de manera concluyente si las declaraciones del Tribunal de Distrito de Göppingen pueden utilizarse para sacar conclusiones sobre las penas de prisión a las que el Tribunal Regional puede haberse referido en la decisión recurrida. En particular, el autor no revela el asunto en el que afirma haber estado detenido en el momento del delito. Además, no presenta el certificado de alta del detenido al que se refirió en su solicitud de nuevo juicio. Por lo tanto, no es completamente comprensible sobre la base de la información que tomó la decisión del Tribunal Regional de Ulm (para la obligación de presentar los documentos relevantes, ver solo BVerfG, decisión de la Primera Sala del Segundo Senado de 8 de diciembre de 2017 – 2 BvR 2019/17 – , Rn. 10 mwN).
No se da ninguna otra justificación de acuerdo con la Sección 93d (1), oración 3 BVerfGG.
Esta decisión es definitiva.
| Huber | Kessal-Wulf | Wallrabenstein | |||||||||
