TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FEDERAL
– 1 BvR 2583/20 –
| de la Sra. S …, |
– Representante autorizado:
|
contra |
la orden del Tribunal Regional Superior de Munich de 15 de octubre de 2020-30 UF 1071/20 – |
| aquí: solicitud de reembolso de gastos |
ha pasado la 1ra Sala del Primer Senado de la Corte Constitucional Federal
el presidente Harbarth,
el juez Britz
y el juez Radtke
decidió por unanimidad el 10 de marzo de 2021:
- El Estado Libre de Baviera debe reembolsar a la demandante los gastos necesarios para el procedimiento de denuncia constitucional.
Razones :
La denuncia constitucional se refería a la denegación de asistencia letrada para un procedimiento de denuncia en el que el denunciante busca la transferencia de la autoridad de decisión única sobre la afirmación de las solicitudes de pensión alimenticia en un modelo de intercambio practicado (igual).
1. La autora es madre de dos hijos menores de edad nacidos de su matrimonio con el padre. Los padres separados ejercen la custodia parental de ambos hijos juntos y los cuidan en partes iguales en un modelo de participación equitativa.
a) En marzo de 2020, el demandante presentó al tribunal de familia una solicitud basada en el artículo 1628 del Código Civil alemán (BGB) para la transferencia de la autoridad exclusiva para la toma de decisiones sobre la afirmación de las solicitudes de pensión alimenticia a través de una medida cautelar provisional. Acto seguido, el tribunal de familia retiró la custodia parental en la subárea "afirmación de reclamaciones de pensión alimenticia" y los transfirió a la oficina de bienestar juvenil como cuidador suplementario con una decisión sin impugnación sobre la base de § 1629, párrafo 2, § 1796 BGB.
b) La demandante presentó una denuncia contra esto ante el Tribunal Regional Superior de Munich, en la que se quejó en particular de una violación de su derecho más alto reconocido por el tribunal a elegir entre la solicitud que había presentado en virtud del artículo 1628 del Código Civil alemán y una solicitud para el nombramiento de un cuidador suplementario para hacer valer las reclamaciones de pensión alimenticia con el modelo de transición y solicitó asistencia jurídica con la asignación de su representante autorizado para el procedimiento de reclamaciones.
El Tribunal Superior Regional rechazó la solicitud de asistencia letrada de la recurrente luego de que el juez lo hubiera advertido previamente con la resolución de 15 de octubre de 2020, la cual fue impugnada con la denuncia constitucional, porque la denuncia interpuesta no tenía perspectivas de éxito. Como justificación, el tribunal declaró esencialmente que en el caso de un modelo de intercambio (igualitario), el Tribunal Federal de Justicia había señalado que se debía designar un cuidador suplementario para hacer valer las solicitudes de pensión alimenticia de los hijos o se debía tomar una decisión en de conformidad con la Sección 1628 del Código Civil Alemán (BGB, con referencia a la BGH, sentencia del 21 de diciembre de 2005 – XII ZR 126/03 -, juris, Rn.9 y BGH, decisión del 12 de marzo de 2014 – XII ZB 234 / 13 -, juris, Rn.16). Debido a un conflicto de intereses existente entre los intereses de los padres y los hijos en el sentido de la Sección 1796 del Código Civil alemán (en conjunción con la Sección 1629 (2) oración 3 del Código Civil alemán), que resulta de la La obligación de pensión alimenticia en efectivo de ambos padres en el caso de un modelo de intercambio practicado, está presente sin embargo, se requiere el nombramiento de un cuidador suplementario.
2. Con su denuncia constitucional, la denunciante alegó una violación de su derecho a la igual protección jurídica en virtud del artículo 3 (1) de la Ley Fundamental en conjunción con el artículo 20 (3) de la Ley Fundamental, debido a que el tribunal regional superior sobre un difícil , cuestión jurídica no resuelta, a saber, la cuestión de la elección del solicitante entre una solicitud de acuerdo con el § 1628 BGB y una solicitud de nombramiento de un cuidador suplementario para hacer valer las solicitudes de pensión alimenticia en un modelo de intercambio practicado.
Mediante resolución de 20 de noviembre de 2020, el Tribunal Superior Regional otorgó a la recurrente asistencia jurídica para el trámite de denuncia con la designación de su representante legal y modificó la decisión impugnada por la denuncia constitucional. La cuestión jurídica sobre si el solicitante tiene una opción fundamental o si, debido a un conflicto de intereses que asumió el Senado en su decisión original, la aplicabilidad del artículo 1666 del Código Civil Alemán (BGB) y el nombramiento de un cuidador suplementario aún no se ha aclarado de manera concluyente.
Acto seguido, el querellante declaró terminado el presente procedimiento de denuncia constitucional y solicitó que se ordenara el reembolso de los gastos.
3. El Estado Libre de Baviera tuvo la oportunidad de comentar.
La demandante debe ser reembolsada por los gastos necesarios incurridos en el procedimiento de denuncia constitucional.
1. Si una denuncia constitucional se declara resuelta, ya no es necesario tomar una decisión al respecto (cf. BVerfGE 85, 109 <113>). En casos de este tipo, sin embargo, la cámara está autorizada a decidir sobre el reembolso de los gastos (ver BVerfGE 72, 34 <38 y 38>).
El reembolso de los gastos se decidirá sobre la base de consideraciones de equidad, Sección 34a (3) BVerfGG. El reembolso de gastos según esta disposición es la excepción al principio de gastos deducibles (cf. BVerfGE 66, 152 <154>). Al tomar la decisión, se debe realizar una evaluación general de todas las circunstancias conocidas (ver BVerfG, decisión de la 2a Cámara del Primer Senado del 9 de febrero de 2017 – 1 BvR 309/11 -, Rn. 2). En vista de la función y alcance de las decisiones constitucionales, un examen sumario de las posibilidades de éxito de la denuncia constitucional está generalmente fuera de discusión (cf.BVerfGE 85, 109 <115>; 87, 394 <398>; 133, 37 <38 párr. 2>). Sin embargo, el reembolso de los gastos se cuestiona si es probable que prospere la denuncia constitucional o si la situación constitucional ya ha sido aclarada, por ejemplo, mediante una decisión del Tribunal Constitucional Federal en un caso similar (ver BVerfGE 85, 109 <114 y sigs. .>; 133, 37 <38 f. Apartado 2>). Especialmente si la autoridad pública por su propia voluntad elimina el acto atacado por la denuncia constitucional o subsana la denuncia de alguna otra forma y se puede suponer que ha considerado justificada la solicitud del denunciante, puede resultar barato informar al denunciante para reembolsar sus gastos (véanse BVerfGE 85, 109 <114 y 114>; 87, 394 <397>; 91, 146 <147>; 133, 37 <38 párr. 2>).
2. De acuerdo con estos principios, en el presente caso se ordenará el reembolso de los gastos. Al otorgar asistencia jurídica para el procedimiento de denuncia del querellante, el Tribunal Superior Regional, modificando la decisión impugnada por el recurso constitucional, expresó que consideraba justificada la solicitud del querellante. El Estado Libre de Baviera se utilizará como entidad legal para el reembolso de gastos.
Esta decisión es definitiva.
| Harbarth | Britz | Radtke | |||||||||
