Neonicotinoides para remolacha azucarera: su autorización temporal para 2021 resulta de la ley

Validada por el Consejo Constitucional, la ley del 14 de diciembre de 2020 autorizó temporalmente el uso de neonicotinoides para la remolacha azucarera, hasta que se encuentren otras soluciones para proteger estos cultivos masivamente amenazados por los pulgones. El Consejo de Estado considera que el decreto ministerial adoptado a raíz de esta ley, que se limita a precisar las modalidades de su uso para el año 2021, no es contrario a la Constitución ni al Derecho europeo.

El 5 de febrero de 2021, el Ministro de Transición Ecológica y el Ministro de Agricultura y Alimentación establecieron por decreto las condiciones para el uso provisional de semillas de remolacha azucarera tratadas con plaguicidas que contengan los principios activos "imidacloprid" o "Tiametoxam" para la campaña 2021.
Varias asociaciones medioambientales o representantes de apicultores y agricultores han pedido al juez del Consejo de Estado que suspenda este decreto.

La autorización provisional de estos plaguicidas está prevista por la ley, que ya ha sido declarada conforme a la Constitución.

El juez sumario del Consejo de Estado señala que el uso de estas sustancias, en principio prohibidas, fue autorizado temporalmente por la ley del 14 de diciembre de 2020 para la remolacha azucarera, que representa el 1,5% de la superficie agrícola útil en Francia. Esta exención se otorgó para proteger estos cultivos amenazados por infestaciones masivas de pulgones responsables de enfermedades virales y por un período limitado, hasta que se desarrollen soluciones alternativas satisfactorias para 2023 a más tardar. Esta ley fue considerada conforme a la Constitución, en particular a la Carta Ambiental y los derechos de propiedad de los apicultores, por el Consejo Constitucional 1 .

Por tanto, el juez sumario considera que el decreto impugnado, que se limita a implementar esta autorización para la campaña 2021, no provoca, por sí solo, una injerencia grave y manifiestamente ilegal en la libertad de comercio e industria y en los derechos de propiedad de los apicultores. .

El decreto cumple con la ley de la Unión Europea sobre el uso de pesticidas

La ley 2 de la Unión Europea prohíbe el uso de neonicotinoides pero prevé exenciones temporales cuando existen riesgos graves para la agricultura y no hay otra solución.

El juez sumario observó que el decreto impugnado respeta esta derogación, por el grave riesgo de una nueva infestación masiva por pulgones portadores de enfermedades de la remolacha en la primavera de 2021. Las importantes pérdidas de producción sufridas por estas enfermedades en 2020 demuestran que no existen otras medios razonables para controlar este peligro, al menos para la campaña de 2021.

1 Decisión n ° 2020-809 DC de 10 de diciembre de 2020
2 Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios

Descargar decisión n ° 450194

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