C-616/19 – Ministro de Justicia e Igualdad (Demande de protection internationale en Irlande)

CURIA – Documentos

Idioma del documento: ECLI: EU: C: 2021: 235

ORDEN DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera)

24 de marzo de 2021 ( * )

(Rectificación de sentencia)

En el asunto C ‑ 616/19 REC,

SOLICITUD de decisión prejudicial con arreglo al artículo 267 TFUE del High Court (Irlanda), emitida mediante resolución de 2 de julio de 2019, recibida en el Tribunal de Justicia el 16 de agosto de 2019, en el procedimiento

SRA,

MW,

GS

v

Ministro de Justicia e Igualdad,

EL TRIBUNAL (Sala Primera),

compuesto por J.-C. Bonichot, Presidente de Sala, R. Silva de Lapuerta (Ponente), Vicepresidente de la Corte, C. Toader, M. Safjan y N. Jääskinen, Jueces;

Abogado General: H. Saugmandsgaard Øe,

Registrador: A. Calot Escobar,

después de escuchar al Abogado General,

hace lo siguiente

Pedido

1 El 10 de diciembre de 2020, el Tribunal (Sala Primera) dictó la sentencia Minister for Justice and Equality ((Solicitud de protección internacional en Irlanda) (C ‑ 616/19, EU: C: 2020: 1010)).

2 Dicha sentencia contiene errores en la parte introductoria que procede subsanar de oficio del Tribunal, de conformidad con el artículo 103, apartado 1, del Reglamento de la Corte.

Por estos motivos, el Tribunal de Justicia (Sala Primera) dispone:

1. En la parte introductoria de la sentencia de 10 de enero de 2020, Ministro de Justicia e Igualdad ((Solicitud de protección internacional en Irlanda) (C616/19, EU: C: 2020: 1010)), las referencias a las observaciones presentado debe rectificarse de la siguiente manera:

«MS, por C. O'Dwyer, SC, J. Buckley, Barrister, y J. Brick, Solicitor;

MW, por C. O'Dwyer, SC, J. Buckley, Abogado, y J. Watters, Abogado;

GS, por M. Conlon, SC, D. Leonard, Abogado, y C. Ó Briain, Procurador;

el Ministro de Justicia e Igualdad e Irlanda, por los Sres. M. Browne, G. Hodge y A. Joyce, en calidad de agentes, asistidos por R. Barron, SC, y S. Kingston, Barrister;

la Comisión Europea, por los Sres. J. Tomkin, A. Azéma y M. Condou-Durande, en calidad de agentes, »

2. El original de este auto se adjuntará al original de la sentencia rectificada. Esta orden se anotará al margen del original de la sentencia rectificada.

Luxemburgo, 24 de marzo de 2021.

A. Calot Escobar

J.-C. Bonichot

Registrador

Presidente de la Primera Cámara


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