
El llamamiento : dos asociaciones piden al Consejo de Estado que permita a los católicos ir a un lugar de culto después de las 7 p.m. durante la Semana Santa.
La decisión del Consejo de Estado : El juez de sumario del Consejo de Estado rechaza la solicitud de adecuación del toque de queda durante la Semana Santa (28 de marzo al 3 de abril).
La libertad de culto es una libertad fundamental que incluye en particular el derecho a participar colectivamente en una ceremonia. Sin embargo, en el actual contexto sanitario, esta libertad debe conciliarse con la cuestión de la protección de la salud de la población.
El juez sumario observó en primer lugar que la circulación del virus en territorio metropolitano se ha incrementado en las últimas semanas con un claro agravamiento de la crisis sanitaria (aumento continuo del número de nuevos casos, 90% de ocupación de camas de cuidados intensivos). La medida de toque de queda adoptada en marzo en Guyana y luego en todo el territorio nacional en noviembre de 2020 parece haber demostrado su eficacia para frenar la transmisión del virus. Es por ello que, ante el actual deterioro de la situación, se justifica el mantenimiento de la prohibición de viajar, entre las 19.00 y las 6.00 horas.
El juez señaló además que, contrariamente a lo decidido durante el primer encierro, los establecimientos de culto están autorizados a permanecer abiertos y las ceremonias religiosas pueden realizarse de acuerdo con un protocolo de salud entre las 6 a.m. y las 7 p.m.
Muchas parroquias han adaptado sus horarios para tener en cuenta este toque de queda aumentando el número de servicios y adelantando el horario de ceremonias que tienen lugar por la tarde, especialmente durante la Semana Santa. La conferencia de obispos de Francia también propuso arreglos litúrgicos para celebrar la vigilia pascual del 3 de abril, teniendo en cuenta las restricciones relacionadas con el toque de queda.
En estas condiciones, la imposibilidad de acudir a un lugar de culto durante el toque de queda, incluso durante la Semana Santa, no supone una injerencia manifiestamente desproporcionada en la libertad de culto con respecto al objetivo de preservar la salud pública.
Lea la ordenanza n ° 450893-451038

